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El XXIV Convenio Colectivo para Oficinas de Farmacia entra en vigor el 1 de enero de 2014, y queda automáticamente denunciado el 1 de junio de 2016, debiendo negociarse el siguiente Convenio a partir del 1 de julio de 2016, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.
Al no llegar a ningún acuerdo, este convenio se prorroga automáticamente en su contenido normativo, es decir, actualmente nos regimos por este XXIV Convenio.
Los conceptos salariales se incrementarán anualmente en un 2% en el caso de que el PIB del año anterior hubiera aumentado más del 1%. ASFAS actualmente está contactando con varias gestorías de oficina de farmacia que no cumplen con la subida salarial del 2% para que lo apliquen cuanto antes, ya que es lo que marca este convenio y es lo que está vigente a día de hoy.
Hay que recordar que este convenio tiene carácter de mínimos, es decir, se respetan las condiciones más beneficiosas que se vinieran disfrutando a la entrada en vigor del mismo.
Déjanos en comentarios cualquier duda al respecto y recuerda que en ASFAS estamos para ayudarte.
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